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Blanqueo en USDT: una condena estadounidense y cifras que deben distinguirse
La justicia estadounidense anuncia una pena de 160 meses contra Leonardo de Jesus Zuluaga Duque. El expediente distingue los 14,5 millones de dólares de su red de las operaciones más amplias de otro condenado.
Diego RomeroFirma editorial
Una condena anunciada el 21 de octubre
La fiscalía federal del distrito sur de Nueva York anunció el 21 de octubre de 2026 la condena de Leonardo de Jesus Zuluaga Duque, conocido como Rey, a 160 meses de prisión. En su comunicado, las autoridades describen a un intermediario dedicado a las criptomonedas y establecido en Colombia, que desempeñaba una función de supervisión dentro de la red de blanqueo investigada. Para presentar los hechos del caso, el texto se apoya en las actuaciones procesales, en las declaraciones realizadas durante la audiencia y en los documentos judiciales que son públicos.
Este origen importa para comprender el alcance de la información. El texto relata una decisión judicial sobre personas y operaciones identificadas. No mide qué proporción de las transferencias en stablecoins sería ilícita. Pasar de un caso individual a una conclusión sobre todos los usuarios exigiría otros datos.
Dos perímetros financieros que no deben sumarse
Según la fiscalía, las operaciones de Zuluaga Duque y varios cómplices ascendieron a unos 14,5 millones de dólares en Tether procedentes del narcotráfico, entre mayo y noviembre de 2023. Los fondos se convertían en tokens, se transferían a un intermediario y después se reconvertían en dólares. Sociedades pantalla estadounidenses y colombianas intervenían luego en su retorno a Colombia.
El comunicado menciona por separado a Maximilien de Hoop Cartier, que operaba un negocio de transmisión de fondos sin autorización. Había sido condenado anteriormente a ocho años de prisión por hechos que incluían fraude contra bancos estadounidenses y transmisión de más de 470 millones de dólares de procedencia ilícita. Ese total cubre sus operaciones más amplias: no debe atribuirse íntegramente a Zuluaga Duque.
Una cadena que sigue vinculada a los bancos
El expediente combina cuentas de criptomonedas, conversiones monetarias y sociedades tradicionales. La circulación de un token en una blockchain no elimina las demás etapas. La transferencia digital, su conversión en dólares y el pago final en moneda local son operaciones distintas, con participantes diferentes.
Sin embargo, sería incorrecto deducir que todos los servicios que utilizan stablecoins eluden los controles de identidad. El comunicado describe una empresa no autorizada y maniobras contra el sistema bancario. No demuestra una exención general de las plataformas o emisores. Las obligaciones aplicables dependen de la actividad y la jurisdicción correspondientes.
Pena, decomiso y restitución son diferentes
Además de la prisión, la fiscalía anuncia cinco años de libertad supervisada y una obligación de decomiso de 14751846 dólares. También menciona tokens anteriormente contenidos en cuatro direcciones controladas por el condenado. Una obligación fijada en una sentencia y los activos realmente recuperados no representan necesariamente la misma suma en la misma fecha.
Estos elementos tampoco deben presentarse como un reembolso ya distribuido a las víctimas. El decomiso sigue su propio procedimiento; su destino no puede deducirse solo del importe anunciado. La lectura útil consiste en conservar conjuntamente la fecha, la persona afectada, el alcance de las operaciones y la naturaleza de cada decisión. El expediente documenta así un uso criminal identificado de USDT, sin transformar el ejemplo en una estadística sobre todo el mercado.