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DeFi & stablecoins

El OCC invita a los bancos comunitarios de EE. UU. a considerar la emisión de stablecoins

El regulador fomenta que las instituciones interesadas examinen una candidatura en el marco de la ley GENIUS. Esta invitación no constituye una autorización automática para emitir un stablecoin.

El OCC invita a los bancos comunitarios de EE. UU. a considerar la emisión de stablecoins — ilustración conceptual original

Una invitación a examinar una candidatura

La Oficina del Comisionado del Monetario (OCC) fomenta que los bancos comunitarios de EE. UU. desarrollen capacidades relacionadas con los stablecoins de pago. En una comunicación difundida el 26 de octubre, el regulador invita a las instituciones interesadas a considerar una candidatura para sí mismas o para una filial, según corresponda. Este enfoque se enmarca en la ley GENIUS. No significa que cada banco pueda emitir inmediatamente un token sin examinar su situación.

El término banco comunitario describe un conjunto de instituciones cuyas actividades y medios pueden variar. La decisión de proponer un nuevo servicio depende, por tanto, de su estrategia y de los requisitos aplicables. Una llamada del regulador puede aclarar una posibilidad; no constituye ni una obligación comercial ni una garantía de rentabilidad. Pasar de una intención a una emisión efectiva presupone una preparación operativa y el cumplimiento del recorrido de autorización previsto.

Un marco federal con requisitos precisos

La OCC publicó el 21 de octubre su reglamento final para la aplicación de la ley GENIUS. El texto define requisitos para los emisoras de stablecoins de pago bajo su jurisdicción, así como para ciertas actividades de custodia. Trata, entre otros, de las reservas, la reembolso y la gestión de riesgos. La entrada en vigor anunciada es el 18 de enero de 2027. Otras disposiciones, especialmente relativas al lavado de dinero y a las sanciones, deben ser objeto de trabajos coordinados separados.

El alcance del reglamento debe mantenerse vinculado a las categorías de actores y actividades que abarca. No transforma todos los criptoactivos en depósitos bancarios ni a todos sus emisores en bancos. Para un stablecoin, los derechos del titular dependen de las condiciones de emisión y del marco realmente aplicable. La referencia a un dispositivo federal no dispensa, por tanto, de especificar qué emisor interviene, quién custodia las reservas y cómo se organiza el reembolso.

Una participación bancaria aún por construir

La invitación dirigida a los bancos plantea una cuestión de competencia y distribución. Las instituciones ya en relación con empresas o particulares podrían estudiar nuevas vías de pago. Pero ninguna cuota de mercado futura puede deducirse únicamente de la llamada de la OCC. El interés declarado, las candidaturas, las autorizaciones y los servicios realmente utilizados constituyen etapas distintas. Su sucesión permitirá medir la extensión de la participación bancaria.

El regulador también indica querer seguir la evolución de esta actividad y adaptar su enfoque si es necesario. La publicación de un reglamento proporciona un marco de trabajo; no borra las restricciones técnicas ni los riesgos operativos. En esta etapa, la información nueva es el fomento explícito dirigido a las instituciones comunitarias. Las próximas anuncios deberán especificar las candidaturas y las ofertas concretas, sin confundir la apertura de una posibilidad regulatoria con un lanzamiento ya realizado.

Escrito con cariño porLucía NavarroConocer esta firma editorial ↗

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