Réglementation
MiCA: Francia propone un marco para las recompensas pagadas por terceros
Las autoridades francesas distinguen el interés pagado por un emisor de stablecoin de las remuneraciones indirectas. Su respuesta a la consulta europea propone un marco regulatorio, sin modificar la normativa vigente.
Lucía NavarroFirma editorial
Una propuesta francesa en la revisión de MiCA
La Dirección General del Tesoro, la Autoridad de los Mercados Financieros, el Banco de Francia y la ACPR presentaron una respuesta conjunta a la consulta europea sobre MiCA. Publicada el 21 de octubre de 2026, y luego actualizada el 26 de octubre, esta contribución defiende el desarrollo de unas finanzas digitales europeas bajo control regulatorio. El debate sobre las recompensas vinculadas a los stablecoins se inscribe en este trabajo de revisión: no se trata del anuncio de una autorización ya aplicable a las plataformas.
La distinción propuesta se refiere al origen de la remuneración. Las autoridades desean mantener la prohibición de un interés pagado por el emisor de un token de moneda electrónica. Sin embargo, contemplan regular ciertas remuneraciones indirectas, en particular aquellas provenientes de proveedores o plataformas. Su posición preserva, por tanto, una frontera entre el uso del stablecoin para el pago y los servicios adicionales que pueden acompañarlo. No equivale a transformar todos los stablecoins en productos de ahorro remunerados.
La prohibición actual sigue siendo el punto de partida
El artículo 50 de MiCA prohíbe a los emisores de tokens de moneda electrónica pagar intereses relacionados con dichos tokens. También se dirige a los proveedores que ofrecen servicios asociados. La noción de interés abarca las remuneraciones o ventajas vinculadas al periodo de tenencia, incluidos algunos mecanismos que pasan por terceros. Una recompensa presentada bajo otra denominación no goza, por ese único motivo, de una exención general prevista por el texto.
El reembolso constituye otra cuestión. El artículo 49 prevé un derecho de crédito del tenedor frente al emisor, así como un reembolso al par, a su solicitud, en las condiciones del reglamento. Este derecho se refiere a la restitución del valor monetario representado por el token; no crea un derecho a percibir un rendimiento. Confundir paridad, reembolso y remuneración eliminaría la distinción que el debate regulatorio busca aclarar precisamente para los usuarios y los proveedores.
Condiciones previstas, una adopción aún distinta
En su respuesta detallada, las autoridades francesas solicitan que el encuadre de las remuneraciones indirectas prevea una información transparente para los tenedores, que no se prometa un rendimiento garantizado ni se presente el producto como un producto de ahorro. Añaden una supervisión de los efectos sobre los depósitos bancarios. Estas condiciones forman parte de la propuesta presentada a la Comisión. La contribución francesa, por tanto, no basta para establecer que un programa comercial concreto cumpla MiCA o que se haya adoptado una modificación legislativa.
El comunicado conjunto sitúa esta discusión dentro de un conjunto más amplio: stablecoins en euros, depósitos bancarios tokenizados, acceso regulado a la liquidez internacional y refuerzo de la supervisión de los actores importantes. También solicita clarificar el tratamiento del staking, del préstamo y del endeudamiento de criptoactivos. Estos temas siguen siendo distintos de la remuneración de un stablecoin por su emisor. La próxima evolución dependerá del proceso europeo de revisión, y no de una simple traducción de propuestas nacionales en ofertas comerciales.